La ley de juicio por jurados obliga a juzgar a personas inexpertas |
La designación de los miembros del jurado es inconstitucional, aunque el sistema haya quedado ―por un evidente anacronismo― previsto en nuestra Ley Fundamental.
Si mañana me notifican que he sido sorteado para realizar una operación quirúrgica, ante todo pensaría que me están tomando el pelo.
―No, el legislador ha establecido “cirugías por jurado” ―me dicen.
Como soy un ciudadano responsable, replico:
―Yo no estoy capacitado para operar…¡llamen a un cirujano!
Pero me responden:
―Los cirujanos tienen prohibido operar.
Asustado les digo:
―Ustedes no me pueden obligar a perjudicar a otro al hacer algo para lo que no estoy capacitado.
―Sí podemos ―me contestan.
―¡Pero eso tiene que ser inconstitucional! ―grito desesperado con el bisturí en la mano y el paciente en el quirófano.
―No, para nada, es una carga pública y a la vez un derecho ciudadano.
Todo esto suena estúpido, ¿no? Pues precisamente de eso se trata el juicio por jurado: de excluir a las personas que saben cómo juzgar y, en su reemplazo, obligar a quienes no están capacitados, aunque no quieran hacerlo y aunque perjudiquen al acusado.
Hacer una cosa para la cual no estamos capacitados, no puede configurar una carga pública ni un derecho ciudadano. Es por ello que el art. 16 de la Constitución Nacional establece que todos los habitantes son "admisibles en los empleos sin otra condición que la idoneidad".
Una ley que impone a los ciudadanos un deber que no puede imponer o acuerda un derecho que no puede acordar, deviene irremediablemente inconstitucional. Ergo: ¡el juicio por jurados es inconstitucional!
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